
Don Miguel Hidalgo y Costilla, padre de la patria mexicana, decretó
el 6 de diciembre de 1810, en la ciudad de Guadalajara, la abolición
de la esclavitud.
En nuestra constitución se estipula que está prohibida
la esclavitud (Artículo 2) desde que Miguel Hidalgo decretó
su abolición en Valladolid (hoy Morelia) el 19 de octubre de
1810, y posteriormente en Guadalajara el 6 de diciembre de ese año.
José María Morelos, por su parte, proclamó en
su escrito Sentimientos de la Nación, publicado el 14 de septiembre
de 1813, que sólo distinguirá a un americano de
otro, el vicio y la virtud y confirmó la abolición
de la esclavitud en México.
Desde la época de la Colonia, hubo varios religiosos que se
oponían a la esclavitud, especialmente fray Bartolomé
de las Casas, quien se apoyó en las doctrinas de Aristóteles
para defender a los indígenas, y de Vasco de Quiroga, quien
fundamento sus ideales en el famoso escrito Utopía de Tomás
Moro para manifestar sus aspiraciones humanísticas.
A continuación se reproduce la parte más importante
del decreto de Miguel Hidalgo en contra de la esclavitud:
1ª.- Que todos los dueños de esclavos deberán darles
la libertad, dentro del término de diez días, so pena
de muerte, la que se les aplicará por transgresión de
este artículo.
2ª.- Que cese para lo sucesivo la contribución de tributos,
respecto de las castas que lo pagaban y toda exacción que a
los indios se les exija.
Y para que llegue a noticia de todos y tenga su debido cumplimiento,
mando se publique por bando en esta capital y demás villas
y lugares conquistados, remitiéndose el competente número
de ejemplares a los tribunales, jueces y demás personas a quienes
corresponda su cumplimiento y observancia.
Dado en la ciudad de Guadalajara, a 6 de diciembre de 1810.